domingo, 3 de junio de 2007

MATAFUEGOS

Matafuegos


INTRODUCCION

Los matafuegos son concebidos como una primera línea de defensa para hacer frente a fuegos de pequeña magnitud y son necesarios aunque el área de riesgo esté equipada con cualquier tipo de instalación fija contra incendio.

OBJETO
Servir de guía a las personas que deban proceder a la elección, compra, instalación y aprobación de matafuegos, teniendo en cuenta su cotización y diseño, en función de la clase de fuego sobre el cual presuntamente deban actuar, de manera que llegue a procederse a su correcto uso.
Las consideraciones referidas a la protección contra el fuego incluidas en esta norma son de carácter general y, por lo tanto, no debe interpretarse que ellas modifiquen lo que establecen las respectivas normas IRAM especiales.

DEFINICIONES
Fuego de clase A. Fuegos que se desarrollan sobre combustibles sólidos, como ser maderas, telas, goma, plásticos y en general en todos aquellos materiales que dejan cenizas.
Fuegos de clase B. Fuegos sobre líquidos inflamables, gases, grasas, pinturas, ceras y otros.
Fuegos de clase C. Fuegos sobre materiales, instalaciones o equipos sometidos a la acción de la corriente eléctrica.
Fuegos de clase D. Fuegos que pueden ser provocados por la combustión de ciertos metales, como ser magnesio, titanio, circonio, sodio, potasio y litio.
Carga de fuego. Masa de madera por unidad de superficie, expresada en kilogramos por metro cuadrado, capaz de desarrollar una cantidad de calor equivalente a la de los materiales contenidos en el sector de incendio.

RESPONSABILIDAD
El propietario u ocupante de la propiedad en la que se instalen los matafuegos tiene la obligación del cuidado y uso de tales elementos en todo momento. Todas las personas previstas para la utilización del matafuego leerán y atenderán perfectamente las indicaciones de la chapa de características y el manual de instrucciones. Además el propietario u ocupante entrenará a su personal en el uso correcto de los matafuegos sobre los diferentes tipos de fuegos que puedan ocurrir en la propiedad.

CONDICIONES MINIMAS PARA LA EXTINCION DEL FUEGO
La mayoría de los incendios en su origen son pequeños y pueden ser extinguidos con el uso de los matafuegos adecuados.
Los matafuegos pueden representar una parte importante de todo programa global de protección contra incendio. Sin embargo, su funcionamiento exitoso depende de que se hayan podido lograr las condiciones siguientes:
a) que el matafuego esté ubicado adecuadamente y listo para funcionar;
b) que el matafuego sea adecuado para el tipo de fuego que se puede producir;
c) que se descubra el fuego mientras aún es suficientemente chico de forma que la aplicación del matafuego resulte efectiva;
d) que el fuego sea descubierto por una persona dispuesta y capaz para utilizar el matafuego adecuadamente.


Para prevenir los efectos de riesgos, algunas medidas por considerar pueden ser las siguientes:
a. colocar señales de precaución destacados sobre el matafuego;
b. señales de advertencia en los puntos de entrada a recintos confinados;
c. proveer dispositivos de aplicación por control remoto;
d. toberas de matafuegos de gran capacidad;
e. ventilación especial;
f. provisión de aparatos respiradores u otros equipos de protección personal;
g. entrenamiento adecuado del personal, según corresponda.

CANTIDAD Y UBICACIÓN DE MATAFUEGOS
La cantidad y ubicación de matafuegos necesarios, se determinan según las características y zonas a abarcar, importancia del riesgo, carga de fuego, clases de fuegos involucrados y distancia a recorrer para alcanzarlos.
En todos los casos debe instalarse como mínimo un matafuego cada 200 m2 de superficie a ser protegida (ver 6.2.13). La máxima distancia a recorrer hasta el matafuego será de 20 m para fuegos de Clase A y 15 m para fuegos de Clase B.
Los matafuegos se ubicarán visiblemente donde sea de fácil acceso y se puedan manipular en forma inmediata en caso de incendio. Se ubicarán preferentemente en los pasillos de tránsito, incluyendo salidas de sectores.
Se evitará colocar los matafuegos en los lugares oscuros o que dificulten su visualización. En ambientes grandes y en ciertos lugares, donde no se pueda evitar, se proveerán medios adecuados para indicar su ubicación según se indica en la norma IRAM 10.005
Los matafuegos manuales hasta 20 kg de masa total se instalarán de forma que su parte superior esté a una altura comprendida entre 1,2 m a 1,5 m del suelo y los de masa total mayor que 20 kg se instalarán a una altura no mayor de 1 m del suelo en su parte superior.
Los matafuegos colocados en gabinetes o nichos deberán colocarse de manera tal que las instrucciones de operación sean bien visibles. La ubicación de dichos matafuegos deberá estar marcada visiblemente, según se indica en la norma IRAM 10.005 – parte II.
Cuando los matafuegos están instalados en lugares expuestos a temperaturas fuera de las normales, deben ser del tipo aprobado para las temperaturas a las cuales estén expuestos, o deberán estar encerrados en un recinto capaz de mantener la temperatura dentro del ámbito de operación de los matafuegos.












GESTIÓN de EMERGENCIAS y DESASTRES
27 de junio de 2007 - Sheraton Buenos Aires Hotel & Convention Center, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina
Auspicia


Los desastres naturales o provocados por el hombre, se vienen repitiendo cada vez con mayor intensidad, destrucción y frecuencia y han sensibilizado a la sociedad en su conjunto, motivando que las autoridades encargadas de velar por su seguridad, salud y bienestar, intensifiquen sus esfuerzos para hallar las respuestas más adecuadas con el fin de prever y de mitigar, en el mayor grado posible, el impacto y los daños que dichos fenómenos ocasionan.
Muchas entidades e instituciones nacionales e internacionales se hallan trabajando sobre estos aspectos y en algunos casos están utilizando la normalización como herramienta para la gestión de las emergencias ante desastres. El aspecto de la gestión de las emergencias es un asunto clave para resolver con éxito las crisis que éstas originan.
Es así que la NFPA se ha ocupado del tema en su norma NFPA 1600, Manejo de Desastres/emergencias y programas para la continuidad de los negocios. También hoy, lo hace la ISO, Organización Internacional de Normalización, que ha creado el Comité Técnico ISO TC 223 Seguridad de la Sociedad, el cual desarrollará una norma sobre el particular.
Las emergencias por desastres imponen a los responsables de su manejo pensar y planificar para afrontar todas sus secuencias o etapas temporales, es decir, el antes, el durante y el después, de modo que la gestión resulte la más adecuada para cada caso particular.
La multiplicidad de amenazas y posibilidades, la diversidad de tipos de emergencias o desastres, el gran número de probables afectados, el área geográfica, la disponibilidad de medios y losproblemas específicos que pueden presentarse pueden ser de tal magnitud que no es fácil resolver las crisis que provocan, sin coordinar a los actores que deben intervenir o responder para llevar el alivio a los afectados y realizar la recuperación, según el caso.
Considerando que el tema es de suma importancia para el país, IRAM y NFPA llevan a cabo, con la participación de expertos nacionales e internacionales, este Seminario Internacional sobre Desastres y Emergencias, convencidos que puede contribuir al conocimiento para una adecuada planificación y coordinación.
Entendemos que con esta acción, impulsada desde la responsabilidad social que le cabe al IRAM y a sus miembros vinculados, contribuimos a disponer de los conocimientos que permitan estar preparados para enfrentar en forma mucho más efectiva las emergencias y los desastres, logrando de este modo minimizar sus efectos y desarrollar las estrategias para la recuperación posterior.
Fecha: 27 de junio de 2007
Lugar: Sheraton Buenos Aires Hotel & Convention Center – Salón Retiro, 1° piso, San Martín 1225 (C1104AKC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina


Reglamentación General (Exposiciones Rural)

Normas de Seguridad

El expositor deberá instalar obligatoriamente dentro de su stand un matafuego visible, para su rápido uso en caso de necesidad. El matafuegos deberá ser de polvo químico triclase (para fuegos de tipo "A", "B" y "C") de 10 kilos por cada 50 m2 o fracción.
El personal de stand deberá ser capacitado en el manejo de los matafuegos, para poder actuar con rapidez y eficacia, si las circunstancias así lo exigiesen.

En ningún caso (aire libre o bajo pabellón) los expositores podrán obstruir o cerrar accesos o instalaciones fijas, apoyarse en las instalaciones existentes, columnas, bocas contra incendios, paredes, cordones, farolas eléctricas, gabinetes, toma de electricidad, cabinas telefónicas; o alterar las instalaciones o redes permanentes de servicios (agua, electricidad, gas, etc.), ni las estructuras fijas (columnas, techos, aberturas, accesos, etc.), ni los solados (con excavaciones, perforaciones).

No se podrá elaborar ningún tipo de comidas dentro de los stands; salvo previa autorización por escrito del comisariato general.



Fuente de Información:

• http://www.exposicionrural.com.ar/Exposicion%20Rural%202006%20-%20Reglamento%20General.doc
• http://www.ugr.unsl.edu.ar/normativa.htm
• http://www.ugr.unsl.edu.ar/Normativa/IRAM%203517%20PARTE1.doc

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